En el mes de mayo hablábamos de la aprobación de una Orden Ministerial que iba a regurlar nuevamente los modelos censales de la Agencia Tributaria. Tras varios años “durmiendo” se resucitó el modelo 037 como respuesta a la necesidad de la mayoría de los contribuyentes de tener un modelo simplificado para tramitar el alta, baja o modificaciones de sus obligaciones tributarias de carácter empresarial o profesional.
La nueva regulación confirmaba la existencia del modelo 036 que sería el modelo general que contempla todas las situaciones tributarias posibles y el nuevo y flamante modelo 037 “simplificado” iría destinado para los casos más usuales, y por tanto limitado a determinadas situaciones que numéricamente son las más frecuentes.
El sistema ideado consiste en la posibilidad de presentación de los modelos en papel (036 – 037), sin embargo para el modelo 036 se permite presentar a través de Internet (REQUIERE CERTIFICADO DIGITAL RECONOCIDO POR LA AEAT) en los casos en que no haya obligación de presentar documentación complementaria y que son los siguientes:
1. Solicitud de número de identificación fiscal (N.I.F..).
2. Solicitud de N.I.F. definitivo, disponiendo N.I.F. provisional.
3. Modificación domicilio fiscal o social, cuando el titular de la declaración sea una persona jurídica o entidad.
4. Modificación otros datos identificativos.
A. Persona física residente:
N.I.F.
Apellidos y nombre.
B. Persona jurídica o entidad residente o constituida en España
N.I.F.
Razón o denominación social.
Anagrama.
Personalidad jurídica.
Forma jurídica o clase de entidad.
C. Persona o entidad no residente o constituida en el extranjero
N.I.F.
Apellidos y nombre, razón o denominación social
Forma jurídica o clase de entidad.
D. Establecimiento permanente de una persona jurídica o entidad no residente
N.I.F.
Razón o denominación social.
Anagrama.
¿Es una sucursal de la entidad no residente?
Datos de la persona o entidad de la que depende
5. Modificación datos tributarios de carácter general:
a. Representante.
b. Otros datos
Fecha de cierre del ejercicio fiscal.
Sociedad limitada nueva empresa.
6. Modificación otros datos relativos al impuesto sobre el valor añadido: Operaciones relativas a materiales de recuperación, no exención por superar límite Art. 20.uno.27º. a) y c) de la l.i.v.a.
7. Modificación datos relativos a la relación de socios, herederos, miembros o partícipes. La relación de socios, herederos, miembros o partícipes, así como sus cuotas o % de participación, no podrán modificarse sin aportar la correspondiente documentación justificativa. Los socios, herederos, miembros o participes que deseen modificar su domicilio fiscal deberán hacerlo presentando una declaración censal propia.
8. Baja, cuando el titular de la declaración sea una persona jurídica o entidad, o en caso de fallecimiento de persona física.
| DESCARGA MODELO 036: |
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| DESCARGA MODELO 037: |
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NO VA NADA DE LA MIERDA WEB ESTA, GRACIAS POR HACER PERDER EL TIEMPO A LA GENTE.
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