¿Qué tratamiento fiscal se dá en la tributación de las cantidades pagadas como anualidades por alimentos a los hijos en virtud de decisión judicial?
Están exentas para el perceptor (hijo/s) y tributan en el obligado a pagarlas, padre o madre, sin posibilidad de reducir su base imponible. No obstante, se mejora la tributación de los pagadores de manera que los contribuyentes que satisfagan anualidades por alimentos a sus hijos por decisión judicial verán reducida la progresividad, al aplicar la escala del impuesto de forma separada a dichas anualidades, y al resto de la base liquidable general.
Informe de trafico
Nota simple del Registro de la Propiedad
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