Si recibimos una subvención para la compra de nuestra vivienda ¿hemos de declararlo en la declaracion de la renta?
La percepción de una subvención para la adquisición de vivienda debe calificarse como ganancia patrimonial y se integrará en la parte general de la base imponible. Por otra parte, si la subvención se destina a satisfacer el pago del precio de la vivienda habitual (o a amortizar parte del préstamo pendiente) podrá beneficiarse de la deducción por adquisición de vivienda con los límites y requisitos previstos en la normativa.
Informe de trafico
Nota simple del Registro de la Propiedad
Notas simple del Registro Mercantil