{mosimage}El ministerio de economía ha dictado una orden ministerial según la cual reduce los índices de las actividades agrícolas en estimación objetiva (módulos)
para determinadas zonas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. La medida beneficiará a grandes bolsas de agricultores y ganaderos que se hayan visto perjudicados por incendios, inundaciones y otras circunstancias que alteran el natural ciclo de la cosecha, y por tanto perjudican las previsiones de ingresos que se ven reducidas en función de la gravedad de esos acontecimientos estraordinarios. El texto íntegro de la orden ministerial se puede consultar en la web del boe. El texto pùblicado contiene un anexo de 10 páginas donde se detallan los ámbitos territoriales y tipos de actividades beneficiadas por la medida. Esta orden se aplica exclusivamente al ejercicio 2005, por lo que habrá que tenerla en cuanta a la hora de realizar la declaración de al renta. Para aquellos más previsores y que ya la hayan realizado existe la posibilidad de solicitar a la Agencia Tributaria la rectificación de la autoliquidación. Mas información en las delegaciones de la Agencia Tributaria o en el teléfono 901.33.55.33.
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