En el mes de marzo de cada año se presenta el modelo 347 en Hacienda donde hemos de reflejar las operaciones que se realizan con terceras personas del ejercicio anterior. Este modelo está considerado por los asesores fiscales como el CHIVATO de Hacienda porque con él se detectan bolsas de fraude y errores en la liquidacion de impuestos. Si quieres saber más sobre el modelo te recomendamos que leas la interesante información que ofrecen en el post del modelo 347 en todoIVA.
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La agencia Tributaria ha puesto a disposicion de los contribuyentes su programa para la confección del resumen anual de IVA (modelo 390). El programa genera tanto el modelo en papel para su presentación por ventanilla como el modelo en formato PDF para su presentación telemática.
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download: programa modelo 390 (12.97MB)
added: 11/01/2010
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description: programa modelo 390
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Más informacion sobre la cumplimentación del modelo y manuales de IVA en
todoiva.es
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Hablábamos en el último post de una utilidad para sacar la vida laboral por intenet y hoy le toca el turno a otro documento de los fundamentales para nuestros trámites, se trata del certificado de nacimiento. Nos pedirán este documento para cosas como la obtención del dni o para casarnos, entre muchas otras cosas. La web www.partidadenacimiento.es nos ayuda a obtener ese documento on-line y que nos sea remitido a nuestro propio domicilio. Sin duda una ayuda para no tener que desplazarnos.
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No son pocas las veces que nos encontramos con la duda de cómo hay que imputar los rendimientos del capital mobiliario, es decir esos intereses que nos paga al banco por tener un dinero en una cuenta o un plazo fijo, o esos dividendos que recibimos por ser propietarios de unas acciones de alguna sociedad. La solución la encontramos en la propia Ley.
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{mosimage}El supuesto de hecho es un matrimonio en el que uno de los cónyuges tiene una habierta una cuenta vivienda con anterioridad a casarse, siendo que al contraer matrimonio el otro cónyugue ya tenía una vivienda por la que paga una hipoteca. ¿pierde el derecho a la deducción? ¿qué puede hacer para no tener que devolver a Hacienda las cantidades ya deducidas?
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{mosimage}La declaración del Impuesto sobre sociedades no tiene un plazo de presentación único para todos los obligados a presentarla, sino que cada uno tiene su propio plazo en función de la fecha en que concluya su periodo impositivo. (Generalmente las sociedades concluyen el periodo impositivo en el año natural).
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Repasamos los supuestos excepcionados de tributar en el IRPF. Este artículo hace un repaso exaustivo de todos los supuestos exentos en la declaración de la renta de 2006.
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{mosimage} el día 01 de julio de 2007 entrará en vigor la Orden Ministerial que 1274/2007 de 26 de abril que aprueba los nuevos modelos censales 036 y 037 del censo de empresarios, profesionales y retenedores. En realidad se modifica el modelo 036 y se crea un nuevo modelo 037 que es una versión simplificada del anterior.
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El día 21 de abril de 2007 entró en vigor la obligacion de retener a determinados empresarios que tributen en el sistema de módulos del IRPF. Esta modificacion legislativa puede significar un auténtico quebradero de cabeza para muchos empresarios que van a ver sus obligaciones de información fiscal multiplicada por muchos dígitos por el esfuerza a realizar en materia de gestion.
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{mosimage}La ORDEN EHA/1136/2007 del MInisterio de Economía y Hacienda de 26 de abril, reduce para el período impositivo 2006 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. ATENCIÓN: Esta orden es aplicable directamente a la declaración de la Renta que ahora estamos liquidando (periodo 2006).
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